A partir del 01 de septiembre de 2018, es obligatorio la emisión del CFDI de complemento de pago para todas aquellas facturas elaboradas antes del pago.
Conforme a lo establecido en la “Guía de llenado del comprobante al que se le incorpore el complemento para recepción de pagos” publicada por el SAT, la información necesaria para la emisión del recibo electrónico de pagos la podrá encontrar publicada en el portal de proveedores de la siguiente manera:
Información a disposición del proveedor | ||
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Con ésta información podrá emitir su Recibo Electrónico de Pago dentro del portal de Banxico |
- El portal de proveedores se actualizará dentro de los 05 días naturales siguientes de haber realizado los pagos.
- Favor de emitir y enviar el recibo electrónico de pagos dentro del plazo establecido por el SAT.
- Los recibos electrónicos de pagos se recibirán en Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Fundamento legal: Artículo 29-A fracc IX CFF; Reglas 2.7.1.32 y 2.7.1.35 de la RMF 2018; Guía de llenado del comprobante al que se le incorpore el complemento para recepción de pagos.
Guía de llenado: https://www.sat.gob.mx/consultas/92764/comprobante-de-recepcion-de-pagos
Portal de Banxico para emisión de CEP: http://www.banxico.org.mx/cep/